Residencia por circunstancias excepcionales sobrevenidas

(DANA): Análisis para Profesionales del Derecho de Extranjería

Tenemos buenas noticias para los extranjeros domiciliados o que tenían su lugar de trabajo en las zonas afectadas por la Dana y es que las Instrucciones aprobadas por el Consejo de Ministros el 11 de febrero de 2025 (publicadas en el BOE núm. 38, de 13 de febrero de 2025), contempla un procedimiento especialísimo para la prórroga y renovación de sus autorizaciones de estancia y residencia, además el establecimiento de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales sobrevenidas, a fin de atender a los afectados de la DANA ocurrida en los diversos municipios españoles entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.

Objeto de las Instrucciones 

Las Instrucciones tienen por objeto:

1. Facilitar la prórroga y renovación de autorizaciones de estancia de larga duración, residencia y/o trabajo a extranjeros con domicilio o lugar de trabajo en municipios afectados por la DANA.

2. Establecer un procedimiento para la concesión de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales sobrevenidas a extranjeros que, cumpliendo determinados requisitos, se vieron afectados por la DANA.

Ámbito de Aplicación:

Estas instrucciones se aplican a extranjeros con domicilio o lugar de trabajo en alguno de los municipios incluidos en el Anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre.

Análisis Detallado de la Autorización por Circunstancias Excepcionales Sobrevenidas:

En este articulo nos enfocaremos e esta residencia y dejaremos para una próxima entrada los demás  supuestos establecidos en la Resolución de 12 de febrero de 2025, de la Secretaría de Estado de Migraciones, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de febrero de 2025, por el que se aprueban las instrucciones por las que se determina el procedimiento para la prórroga y renovación de las autorizaciones de estancia de larga duración, residencia y/o trabajo para aquellas personas extranjeras que tuvieran el domicilio o su lugar de trabajo en alguno de los municipios afectados por la DANA entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, y por las que se establece el procedimiento para solicitar una autorización por circunstancias excepcionales sobrevenidas.

Requisitos de Elegibilidad:

• Requisito Principal: No ser titular de una autorización de residencia en España entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. Este es un punto crucial, ya que excluye a quienes ya contaban con un permiso de residencia.

• Domicilio o Lugar de Trabajo: Acreditar tener el domicilio o lugar de trabajo en un municipio afectado por la DANA entre las fechas indicadas. La prueba de este requisito será fundamental.

• Requisitos Generales de Extranjería: Si bien las Instrucciones no los mencionan explícitamente, se entiende que se aplicarán los requisitos generales establecidos en la Ley Orgánica 4/2000 y su Reglamento (carecer de antecedentes penales, no tener prohibida la entrada en España, etc.).

• Familiares: Los familiares de los afectados también podrán solicitar la autorización, siempre que cumplan con los requisitos de domicilio y vínculo familiar.

Características de la Autorización:

• Naturaleza: Autorización de residencia por circunstancias excepcionales (artículo 31.3 LO 4/2000).

• Duración: Un año.

• Ámbito Geográfico: Habilita a residir y trabajar en todo el territorio nacional.

• Posibilidad de Modificación: Tras su caducidad, se podrá modificar a una autorización de residencia ordinaria, cumpliendo los requisitos establecidos en la normativa general.

• Régimen Especial para Familiares de Víctimas Mortales: En estos casos, la autorización tendrá una vigencia de cinco años.

Esta autorización representa una oportunidad para regularizar la situación de extranjeros que se encontraban en situación irregular en España y que se vieron afectados por la DANA.

Es fundamental analizar cada caso concreto para determinar si se cumplen los requisitos y para preparar la documentación necesaria.

Recomendamos que se pongan en contacto con nosotras lo antes posible, porque solo tenemos 3 meses para el inicio de este proceso.

Las Instrucciones aprobadas por el Consejo de ministros representan un avance importante en la protección de los derechos de los extranjeros afectados por la DANA. 

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NEXO INMIGRANTE
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